La Ley 2231 dispuso que la Dirección General de Defensa y Protección del Consumidor, mediante el Área Fuego, es responsable de controlar la actividad que realizan las empresas que fabrican, reparan y recargan extintores (matafuegos) y las que fabrican, reparan y mantienen instalaciones fijas contra incendio. (Disposición 5295-DGDIPC-10 y Disposición 415-DGDIPC-11).
Todos los extintores (matafuegos), equipos e instalaciones fijas deben ser fabricados, reparados, recargados e instalados, por las empresas que se encuentran inscriptas en los Registros creados a tal efecto.
La DG. de Defensa y Protección del Consumidor realiza inspecciones permanentes en las empresas inscriptas. Para ello, cuenta con un plantel de inspectores capacitados que ejerce esta función.
Contratando una empresa registrada usted tiene una garantía de calidad y la seguridad del cumplimento de todas las normas incluidas las IRAM, ISO o las que surjan en su reemplazo.
Listados de empresas registradas
1- Fabricantes, Instaladores, Reparadores y Mantenedores de Instalaciones
Fijas Contra Incendio.